Cuenta CTS
La cuenta CTS (compensación por tiempo de servicios) permite efectuar los depósitos que por ley le corresponde a todo trabajador dependiente y es realizado por su empleador como seguro de desempleo. Solo se podrá disponer del depósito de CTS en caso de cese de la relación laboral o de acuerdo a la disponibilidad del excedente de 4 remuneraciones que establece la norma laboral vigente.
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La CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) es un derecho laboral que debe ser aprovechado de forma estratégica. Al trasladar tu fondo a una entidad que maximice su rendimiento, estás protegiendo tu futuro y el de tu familia.
Dirigido a Trabajadores dependientes.
Apertura de cuenta de CTS socios.
- Empleado
- Ser socio de la COOPAC Los Andes.
- Aportar de forma mensual.
- Solicitud de apertura dirigida a la COOPAC LOS ANDES.
- Suscribir la cartilla informativa y contrato mutuo de CTS.
- Empleador
- Carta del empleador (incluye nombre, DNI y/o C.E., correo electrónico de cada trabajador y teléfono)
- Razón social, copia de ficha RUC
- Dirección
- Cheque por el importe total de depósito de la empresa y/o el empleador, caso contrario el depósito será en efectivo.
Moneda | Soles |
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Monto mínimo de apertura | Sin monto mínimo |
Tasa de interés | De acuerdo al tarifario vigente |
Frecuencia de capitalización | Mensual |
Modalidad de depósito | • Efectivo • Transferencia interbancaria • Cheque a nombre de la COOPAC LOS ANDES |
Modalidad de retiro | Efectivo |
Modalidad de cancelación | Transferencia |
- Atractivas tasas de interés en el sistema financiero.
- No se cobra mantenimiento de cuenta.
- Traslado simple y sencillo.
- Enviamos confirmación de traslado.
- No cobramos (ITF).
- Puedes retirar el saldo disponible de tu cuenta de CTS, de acuerdo a la legislación vigente a través de nuestras agencias a nivel nacional.
- Sin monto mínimo de apertura.